Última revisión
26/09/2023
datos
1290 - Posibilidad de instalar datos biométricos para el acceso a la propiedad en las comunidades de propietarios
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Vademecum: Datos
Fecha última revisión: 13/09/2023
Resumen:
La implantación de sistemas de reconocimiento biométrico en comunidades de propietarios se encuentra regulada por el artículo 14, letra e), de la LPH, dependiendo de la conformidad de los propietarios y de los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad. Estos sistemas suelen ser utilizados en aquellas comunidades donde confluyen viviendas privadas y establecimientos hoteleros, y se encuentran regulados por el RGPD. Para su uso se requiere del consentimiento de los afectados y se debe disponer de un sistema igualmente eficaz cuya implantación implique una menor intromisión en el derecho.
Como establece el artículo 14, letra e), de la LPH, la junta de propietarios debe conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o …
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