Última revisión
03/04/2023
Esquema sobre los límites al derecho de acceso según el artículo 15 de la Directiva (UE) 2016/680
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Fecha última revisión: 03/04/2023
El artículo 15 de la Directiva (UE) 2016/680 regula los límites al derecho de acceso en materia de protección de datos. Los Estados miembros pueden limitar el derecho de acceso del interesado siempre que dicha restricción sea necesaria y proporcional. Entre las restricciones se incluyen evitar que se obstaculicen indagaciones, investigaciones o procedimientos oficiales o judiciales, así como la protección de la seguridad pública, la seguridad nacional y los derechos y libertades de otras personas. El responsable del tratamiento de datos debe informar por escrito al interesado sobre las limitaciones, y debe documentar los fundamentos de hecho o de Derecho en los que se sustente la decisión.
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