desarrolla la Ley 37/2007 -reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal-
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Noviembre de 2011
F. entrada en vigor: 09/11/2011
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 269
F. Publicación: 08/11/2011
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Régimen jurídico y organizativo de la reutilización de la información en el sector público estatal
Artículo 2. Autorización general para la reutilización de los documentos del sector público y puesta a disposición por medios electrónicos.
Artículo 3. Coordinación en materia de reutilización de los órganos, organismos y entidades del sector público estatal.
Artículo 4. Información sobre los documentos susceptibles de reutilización.
Artículo 5. Catálogo de Información Pública reutilizable.
Artículo 6. Coordinación en materia de reutilización de la información del sector público en el ámbito de la Administración General del Estado.
CAPÍTULO III. Modalidades de reutilización de los documentos reutilizables
Artículo 7. Condiciones generales de puesta a disposición de los documentos reutilizables.
Artículo 8. Modalidades de puesta a disposición de los documentos reutilizables.
CAPÍTULO IV. Régimen aplicable a documentos reutilizables sujetos a derechos de propiedad intelectual o que contengan datos personales
Artículo 9. Documentos e información objeto de derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros.
Artículo 10. Ejercicio de los derechos de propiedad intelectual de titularidad de los órganos administrativos, organismos o entidades del sector público estatal.
Artículo 11. Reutilización de los documentos que contengan datos de carácter personal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Ausencia de impacto presupuestario.
D.A. 2ª. Adaptación del sector público estatal a las disposiciones de este real decreto.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo normativo.
D.F. 3ª. Autorización para la modificación del anexo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO. Aviso legal para la modalidad general de puesta a disposición de los documentos reutilizables regulada en el apartado 1 del artículo 8