Medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2023
F. entrada en vigor: 02/04/2020
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 91
F. Publicación: 01/04/2020
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Medidas de apoyo a los trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables
Sección 1.ª Medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables
I
Artículo 1. Suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
Artículo 1 bis. Suspensión hasta el 31 de diciembre de 2024 del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.
Artículo 2. Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
Artículo 3. Moratoria de deuda arrendaticia.
Artículo 4. Aplicación automática de la moratoria de la deuda arrendaticia en caso de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de vivienda.
Artículo 5. Definición de la situación de vulnerabilidad económica a efectos de obtener moratorias o ayudas en relación con la renta arrendaticia de la vivienda habitual.
Artículo 6. Acreditación de las condiciones subjetivas.
Artículo 7. Consecuencias de la aplicación indebida por la persona arrendataria de la moratoria excepcional de la deuda arrendaticia y de las ayudas públicas para vivienda habitual en situación de vulnerabilidad económica a causa del COVID-19.
Artículo 8. Modificación excepcional y transitoria de las condiciones contractuales de arrendamiento en el caso de arrendadores no comprendidos entre los recogidos en el artículo 4 como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19.
Artículo 9. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19.
Artículo 10. Nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Artículo 11. Sustitución del programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual por el nuevo programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables regulado en artículo siguiente.
Artículo 12. Modificación del programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
Artículo 13. Autorización para transferir anticipadamente a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y de Melilla los fondos comprometidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los convenios suscritos para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Artículo 14. Autorización para la disposición inmediata de los fondos aún no comprometidos por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y de Melilla para la concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, en aplicación del nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Artículo 15. No sujeción del nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual a la cofinanciación autonómica establecida en el artículo 6 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
II
Artículo 16. Definición de vulnerabilidad económica a los efectos de la moratoria hipotecaria y del crédito de financiación no hipotecaria.
Artículo 17. Acreditación de las condiciones subjetivas.
Artículo 18. Definición de la situación de vulnerabilidad económica y acreditación derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.
III
Artículo 19. Moratoria de deuda hipotecaria.
Artículo 20. Aplicación del artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a las Entidades Locales.
IV
Artículo 21. Suspensión de las obligaciones derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.
Artículo 22. Fiadores o avalistas.
Artículo 23. Solicitud de la suspensión.
Artículo 24. Concesión de la suspensión.
Artículo 25. Efectos de la suspensión.
Artículo 26. Consecuencias de la actuación fraudulenta del deudor en relación con la suspensión de las obligaciones derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.
Artículo 27. Régimen de supervisión y sanción.
Artículo 28. Derecho a percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19.
V
Artículo 29. Garantía de suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo, gas natural y agua.
VI
Artículo 30. Beneficiarios del subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
Artículo 31. Cuantía del subsidio.
Artículo 32. Compatibilidades e incompatibilidades del subsidio extraordinario.
Artículo 33. Subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.
Sección 2.ª Medidas de apoyo a los autónomos
Artículo 34. Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social.
Artículo 35. Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social.
Sección 3.ª Medidas de protección de consumidores
Artículo 36. Derecho de resolución de determinados contratos sin penalización por parte de los consumidores y usuarios.
Artículo 37. Medidas de restricción a las comunicaciones comerciales de las entidades que realicen una actividad de juego regulada en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
CAPÍTULO II. Medidas para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia del COVID-19
Sección 1.ª Medidas de apoyo a la industrialización
Artículo 38. Modificación del momento y plazo para aportación de garantías en las convocatorias de préstamos concedidos por la SGIPYME pendientes de resolución en el momento de entrada en vigor del Real Decreto 462/2000, de 14 de marzo.
Artículo 39. Refinanciación de los préstamos concedidos por la SGIPYME.
Artículo 40. Devolución de gastos y concesión de ayudas por cancelación de actividades de promoción del comercio internacional y otros eventos internacionales.
Artículo 41. EMPRENDETUR.
Sección 2.ª Flexibilización en materia de suministros
Artículo 42. Flexibilización de los contratos de suministro de electricidad para autónomos y empresas.
Artículo 43. Flexibilización de los contratos de suministro de gas natural.
Artículo 44. Suspensión de facturas de electricidad, gas natural y productos derivados del petróleo.
Artículo 45. Modificación de la fecha de efectos de las especificaciones de las gasolinas para la temporada de verano de 2020
Artículo 46. Compensación temporal de determinados gastos de cobertura poblacional obligatoria del servicio de televisión digital terrestre de ámbito estatal.
CAPÍTULO III. Otras medidas
Artículo 47. Donaciones para apoyo frente al COVID-19.
Artículo 48. Medidas extraordinarias aplicables en relación con los plazos de formulación y rendición de cuentas anuales del ejercicio 2019 de las entidades del sector público estatal y de remisión de la Cuenta General del Estado al Tribunal de Cuentas.
Artículo 49. Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público estatal.
Artículo 50. Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso en préstamos concedidos por Comunidades Autónomas y Entidades Locales a empresarios y autónomos afectados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Artículo 51. Refuerzo de las obligaciones de suministro de información económico- financiera.
Artículo 52. Aplazamiento de deudas derivadas de declaraciones aduaneras.
Artículo 53. Suspensión de plazos en el ámbito tributario de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Artículo 54. Medidas en materia de subvenciones y ayudas públicas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Línea de garantías COVID-19 de CERSA.
D.A. 2ª. Aplicación de las condiciones generales del Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
D.A. 3ª. Incorporación de nuevos programas de ayuda a los convenios suscritos entre el entonces Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
D.A. 4ª. Reajustes en el reparto de los fondos disponibles en cada convenio entre los programas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 sobre el reparto inicialmente previsto.
D.A. 5ª. Comprobación de requisitos para la concesión de ayudas al alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
D.A. 6ª. Régimen aplicable a los usuarios de vivienda militar sujetos a la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
D.A. 7ª. Fondos provenientes de la recaudación de la cuota de formación profesional para el empleo para el año 2020.
D.A. 8ª. Ampliación del plazo para recurrir.
D.A. 9ª. Aplicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 a determinados procedimientos y actos.
D.A. 10ª. Ampliación plazos aplicables a los pagos a justificar.
D.A. 11ª. Medidas provisionales para la expedición de certificados electrónicos cualificados.
D.A. 12ª. Reglas aplicables a la duración de determinados contratos de personal docente e investigador celebrados por las universidades.
D.A. 13ª. Reglas aplicables a los contratos de trabajo suscritos con cargo a financiación de convocatorias públicas de recursos humanos en el ámbito de la investigación y a la integración de personal contratado en el Sistema Nacional de Salud.
D.A. 14ª. Aplicación de la Disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, a las empresas de los sectores de las artes escénicas, musicales y del cinematográfico y audiovisual.
D.A. 15ª. Efectos de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario de los profesionales sanitarios realizados al amparo de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
D.A. 16ª. Habilitación a los autorizados del Sistema RED.
D.A. 17ª. Criterios de graduación de los posibles incumplimientos en programas de financiación de la SGIPYME.
D.A. 18ª. Colaboración de empleadas y empleados públicos.
D.A. 19ª. Agilización procesal.
D.A. 20ª. Disponibilidad de los planes de pensiones en caso de desempleo o cese de actividad derivados de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
D.A. 21ª. Incapacidad temporal en situación excepcional de confinamiento total.
D.A. 22ª. Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y prestación por desempleo o cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio aplicable al programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de la vivienda.
D.T. 2ª. Tramitación de la autorización de operaciones en curso y de operaciones de importe reducido incluidas en el artículo 7 bis de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.
D.T. 3ª. Carácter retroactivo y tramitación del subsidio extraordinario por falta de actividad de las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar y del subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.
D.T. 4ª. Previsiones en materia de concursos de acreedores.
D.T. 5ª. Aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
D.F. 5ª. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
D.F. 6ª. Modificación de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.
D.F. 7ª. Modificación de la ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
D.F. 8ª. Título competencial.
D.F. 9ª. Aportación financiera estatal adicional al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
D.F. 10ª. Habilitación para el desarrollo y modificación del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
D.F. 11ª. Desarrollo reglamentario y ejecución.
D.F. 12ª. Vigencia.
D.F. 13ª. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV