Ley 81 modificacion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
LEY 81
Limitaciones sobre la vivienda familiar y ajuar
Se necesitará el consentimiento de ambos cónyuges para disponer «inter vivos» o sustraer al uso común los derechos sobre la vivienda habitual o sobre el mobiliario ordinario de la misma.
En el supuesto de que pertenezcan a uno solo con carácter privativo, será necesario el asentimiento del otro.
El juez podrá suplir el consentimiento o el asentimiento de conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la ley 79.
A los actos realizados de forma unilateral por uno solo de los cónyuges les será de aplicación lo dispuesto en el último apartado de dicha ley.
Ello no obstante, la manifestación errónea o falsa del cónyuge titular, respecto a no ser vivienda habitual, no perjudicará a terceros de buena fe.
- Modificación realizada (81) por LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo.
(BON de 16-04-2019) en vigor desde 16-10-2019 - Artículo modificado por Ley Foral 5/1987, de 1 de abril, por la que se modifica la Compilación de Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra.
(BON de 06-04-1987) en vigor desde 26-04-1987