Ley 578 precio Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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LEY 578

Vigente

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Transmisibilidad

El derecho de retraer es transmisible por actos «inter vivos» o «mortis causa» e hipotecable y adjudicable, a no ser que se hubiere establecido como personalísimo.

Se podrá ejercitar contra el comprador y contra todos aquellos que de él traigan causa.