Ley 488 fuentes Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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LEY 488

Vigente

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Fuentes

Las obligaciones nacen de la voluntad unilateral o convenida, del hecho dañoso, del enriquecimiento sin causa y de la ley.

Las obligaciones nacidas de convenio exigen la concurrencia de consentimiento libremente expresado, objeto cierto y justa causa.

Interpretación

Las obligaciones deberán interpretarse conforme a la voluntad declarada que las creó, al uso y a la buena fe.

Salvo pacto en contrario, el obligado a una prestación deberá cumplir a su costa las formalidades de titulación, como reanudación del tracto en los registros u oficinas públicas, entrega de documentos y demás actos para el pleno cumplimiento de la obligación y la cancelación registral de cargas y limitaciones extinguidas.

Los pactos se presumirán en favor del deudor, salvo que esta presunción resulte contraria a la naturaleza o circunstancias del acto.