Legislación

Información facilitada por la Comisión de conformidad con el artículo 8, párrafo segundo, de la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información Estadísticas sobre reglamentaciones técnicas notificadas en 2019 con arreglo al procedimiento de notificación de la Directiva (UE) 2015/1535 2020/C 343/01, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 15-10-2020

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 338

F. Publicación: 15/10/2020

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Información facilitada por la Comisión de conformidad con el artículo 8, párrafo segundo, de la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información (1)

Estadísticas sobre reglamentaciones técnicas notificadas en 2019 con arreglo al procedimiento de notificación de la Directiva (UE) 2015/1535

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 343/01)

I.-

Tabla que muestra los distintos tipos de reacciones dirigidas a los Estados miembros de la Unión Europea sobre sus respectivos proyectos notificados.

Estados miembros

Número de notificaciones

Observaciones (2)

Dictámenes circunstanciados (3)

Propuestas de legislación europea

EM

COM

AELC (4) TR (5)

EM

COM

6.3 (6)

6.4 (7)

Austria

59

4

21

0

0

1

1

0

Bélgica

23

1

5

0

0

0

0

0

Bulgaria

7

0

1

0

0

1

0

0

Croacia

6

1

2

0

1

1

0

0

Chipre

1

0

0

0

0

0

0

0

Chequia

29

8

6

0

2

3

0

0

Dinamarca

37

2

8

0

1

0

0

0

Estonia

10

2

1

0

4

2

0

0

Finlandia

13

1

3

0

0

0

0

0

Francia

56

7

11

0

1

1

0

0

Alemania

57

4

9

0

6

3

0

0

Grecia

16

2

4

0

3

0

0

0

Hungría

13

0

3

0

0

0

0

0

Irlanda

11

2

7

0

0

0

0

0

Italia

31

3

14

0

0

5

0

0

Letonia

4

0

1

0

0

1

0

0

Lituania

11

7

6

0

2

4

0

0

Luxemburgo

16

0

0

0

0

0

0

0

Malta

3

0

1

0

0

0

0

0

Países Bajos

49

3

4

0

4

2

0

0

Polonia

62

5

38

0

0

4

0

0

Portugal

6

1

2

0

0

2

0

0

Rumanía

9

3

0

0

4

0

0

0

Eslovaquia

23

2

3

0

0

1

0

0

Eslovenia

12

0

5

0

1

0

0

0

España

18

3

4

0

0

5

0

0

Suecia

40

1

6

0

0

2

0

0

Reino Unido

35

2

11

0

1

0

0

1

Total UE

657

64

176

0

30

38

1

1

II.-

Tabla que desglosa por sectores los proyectos notificados por los Estados miembros de la Unión Europea.

Sector

AT

BE

BG

HR

CY

CZ

DK

EE

FI

FR

DE

EL

HU

IE

IT

LV

LT

LU

MT

NL

PL

PT

RO

SK

SL

ES

SE

UK

Total

Servicios de la sociedad de la información

4

0

3

0

0

1

1

0

0

22

2

0

1

0

8

0

1

1

0

4

2

0

0

0

0

2

4

1

57

Agricultura

18

7

0

2

0

5

6

3

2

13

5

4

1

3

9

1

7

0

0

10

39

3

2

3

5

5

1

7

161

Químicos

1

0

0

0

0

0

1

1

4

4

3

0

0

0

0

1

1

0

0

0

1

0

0

0

0

1

9

0

27

Construcción

18

3

2

2

0

1

4

1

0

3

20

2

3

5

5

1

0

15

2

18

9

1

4

9

6

1

3

20

143

Equipamiento doméstico y de ocio

1

0

0

0

1

0

6

0

0

0

1

4

0

0

2

1

0

0

1

0

0

0

1

1

0

1

0

0

20

Energía, minerales, madera

3

4

1

0

0

0

3

0

0

0

6

1

0

0

0

0

0

0

0

6

1

0

0

3

0

0

1

1

30

Medioambiente

3

2

0

2

0

1

4

1

0

1

1

1

0

0

4

0

0

0

0

4

1

0

0

3

0

2

2

1

33

Bienes y productos diversos

5

1

0

0

0

5

1

1

0

3

0

3

4

0

1

0

1

0

0

3

0

0

1

1

0

1

3

1

35

Salud, equipamiento médico

0

3

0

0

0

0

1

0

0

3

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

1

0

0

0

0

0

0

0

9

Mecánica

2

0

1

0

0

14

1

1

0

0

1

0

2

0

1

0

0

0

0

1

2

0

0

0

0

1

1

0

28

Productos farmacéuticos y cosméticos

2

1

0

0

0

2

1

0

0

0

4

0

1

3

0

0

0

0

0

0

1

0

1

0

0

0

0

0

16

Telecomunicaciones

2

2

0

0

0

0

0

0

1

5

7

1

0

0

0

0

0

0

0

1

2

2

0

0

1

1

0

4

29

Transporte

0

0

0

0

0

0

8

2

6

2

7

0

1

0

1

0

0

0

0

2

3

0

0

3

0

3

16

0

54

Total por Estado miembro

59

23

7

6

1

29

37

10

13

56

57

16

13

11

31

4

11

16

3

49

62

6

9

23

12

18

40

35

657

III.-

Tabla que muestra el desglose por número de observaciones emitidas por la Comisión Europea en nombre de la Unión Europea en relación con proyectos notificados por Islandia, Liechtenstein, Noruega (8) y Suiza (9).

País

Notificaciones

Observaciones de la Unión Europea (10)

Islandia

2

1

Liechtenstein

0

0

Noruega

18

2

Suiza

8

1

Total

28

4

IV.-

Tabla que desglosa por sectores los proyectos notificados por Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza.

Sector

Islandia

Liechtenstein

Noruega

Suiza

Total

Agricultura

0

0

0

2

2

Medioambiente

0

0

1

0

1

Salud, equipamiento médico

0

0

0

1

1

Telecomunicaciones

0

0

0

3

3

Transporte

0

0

3

0

3

Construcción

1

0

1

0

2

Productos farmacéuticos y cosméticos

1

0

1

0

2

Bienes y productos diversos

0

0

1

1

2

Servicios de la sociedad de la información

0

0

6

0

6

Mecánica

0

0

5

0

5

Energía, minerales, madera

0

0

0

1

1

Total por país

2

0

18

8

28

V.-

Tabla que muestra los proyectos notificados por Turquía y las observaciones emitidas por la Comisión Europea en nombre de la Unión Europea en relación con estos proyectos.

Turquía

Notificaciones

Observaciones de la Unión Europea

Total

9

5

VI.-

Tabla que desglosa por sectores los proyectos notificados por Turquía.

Sector

Turquía

Construcción

7

Mecánica

2

Total

9

VII.-

Estadísticas sobre los procedimientos de infracción en curso en el año 2019 e iniciados con arreglo al artículo 258 del TFUE por el incumplimiento de las disposiciones de la Directiva (UE) 2015/1535.

País

Número de infracciones en curso e iniciadas en 2019

Total UE

0

(1) DO L 241 de 17.9.2015, p. 1. En lo sucesivo, «la Directiva».

(2) Artículo 5, apartado 2, de la Directiva.

(3) Artículo 6, apartado 2, de la Directiva.

(4) La Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 75/2019, de 29 de marzo de 2019, por la que se modifican el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) y el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE incorpora en este Acuerdo la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información. Por consiguiente, los países de la AELC signatarios de dicho Acuerdo podrán emitir observaciones en relación con los proyectos notificados por los Estados miembros de la Unión Europea. Suiza también podrá emitir observaciones, sobre la base de un acuerdo informal relativo al intercambio de información en el ámbito de las reglamentaciones técnicas.

(5) El procedimiento de notificación en el marco de la Directiva se amplió a Turquía en virtud del Acuerdo de Asociación celebrado con dicho país [el Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía (DO P 217 de 1964, p. 3687) y de las Decisiones n.º 1/95 y n.º 2/97 del Consejo de Asociación CE-Turquía].

(6) El artículo 6, apartado 3, de la Directiva exige a los Estados miembros aplazar la adopción de un proyecto notificado (con la excepción de los proyectos de reglamentaciones técnicas relativas a los servicios de la sociedad de la información) en doce meses a partir de la fecha en que la Comisión reciba la comunicación si esta comunica su intención de proponer o adoptar una directiva, un reglamento o una decisión sobre este anuncio.

(7) El artículo 6, apartado 4, de la Directiva exige a los Estados miembros aplazar la adopción de un proyecto notificado en doce meses a partir de la fecha de la recepción por parte de la Comisión de la comunicación si esta comunica que el proyecto se refiere a una materia cubierta por una propuesta de directiva, reglamento o decisión presentada al Parlamento Europeo y al Consejo.

(8) () El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (véase la nota 3 del cuadro del punto I) establece la obligación de que los países de la AELC signatarios del Acuerdo notifiquen los proyectos de reglamentaciones técnicas a la Comisión.

(9) () Sobre la base del acuerdo informal relativo al intercambio de información en el ámbito de las reglamentaciones técnicas (véase la nota 3 del cuadro del punto I), Suiza también somete reglamentaciones técnicas a la Comisión.

(10) La única reacción prevista en virtud del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (véase la nota 3 del cuadro del punto I y la nota 2 a pie de página) es la posibilidad de que la Unión Europea emita observaciones. El mismo tipo de reacción podrá presentarse en relación con notificaciones procedentes de Suiza sobre la base del acuerdo informal existente entre la Unión Europea y dicho país (véase la nota 3 del cuadro del punto I y la nota 3 a pie de página).