Dt 9 Modificacion de la Ley Organica del Poder Judicial
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Dt 9 Modificacion de la Ley Organica del Poder Judicial

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D.T. 9ª. Régimen transitorio para los Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia.

Vigente

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A la entrada en vigor de esta ley finalizará el mandato de todos aquellos Presidentes de Sala a los que se refiere el artículo 333 que llevaren desempeñando su cargo por más de cinco años. Los que hubieren sido nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley que no hubieren desempeñado su cargo por más de cinco años finalizarán su mandato en el momento en que se cumpla dicho plazo computado desde la fecha de su nombramiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2003 en vigor desde 26-12-2003