Dt 8 Residuos y suelos contaminados
Dt 8 Residuos y suelos contaminados

Dt 8 Residuos y suelos contaminados

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 8ª. Régimen transitorio de las autorizaciones y comunicaciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las Comunidades Autónomas adaptarán a lo establecido en esta ley las autorizaciones y comunicaciones de las instalaciones y actividades ya existentes, o las solicitudes y comunicaciones que se hayan presentado antes de la fecha de entrada en vigor de la ley, en el plazo de un año desde esa fecha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-07-2011 en vigor desde 30-07-2011