Dt 5 Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre a...vidades de servicios
Dt 5 Modificación de dive... servicios

Dt 5 Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 5ª. Implantación de la ventanilla única y del servicio de atención a los consumidores y usuarios.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las organizaciones colegiales tendrán operativos los medios necesarios para articular la Ventanilla única previstos en el apartado Diez del artículo 5 de esta Ley.

2. En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, los Colegios Profesionales tendrán en funcionamiento el servicio de atención a los colegiados y a los consumidores y usuarios previstos en el apartado Doce del artículo 5 de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2009 en vigor desde 27-12-2009