Dt 5 Ley de Enjuiciamiento Civil
Dt 5 Ley de Enjuiciamiento Civil

Dt 5 Ley de Enjuiciamiento Civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 5ª. Juicios ejecutivos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cualquiera que sea el título en que se funden, los juicios ejecutivos pendientes a la entrada en vigor de la presente Ley se seguirán tramitando conforme a la anterior, pero, si las actuaciones no hubieren llegado al procedimiento de apremio, se aplicará en su momento esta Ley en lo relativo a dicho procedimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-2000 en vigor desde 08-01-2001