Df 5 Criterios técnico-sanitarios de las piscinas
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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de septiembre de 2013.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ANA MATO ADROVER

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2013 en vigor desde 11-12-2013