Df 3 Reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas
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Df 3 Reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 24 de enero de 2014.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

MARIANO RAJOY BREY