Df 3 Pensiones excepcionales derivadas de atentados terroristas
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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente Real Decretoley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 23 de junio de 2006.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-06-2006 en vigor desde 24-06-2006