Df 3 Bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, a 10 de octubre de 2003.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Sanidad y Consumo,

ANA MARÍA PASTOR JULIÁN

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2003 en vigor desde 24-10-2003