Df 2 procedimiento de extension de convenios colectivos
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .
Dado en Madrid, el 20 de junio de 2005.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, JESÚS CALDERA SÁNCHEZCAPITÁN