Df 2 Expedición del pasaporte ordinario
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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el « Boletín Oficial del Estado » .

Dado en Madrid, a 11 de julio de 2003.

JUAN CARLOS R. El Ministro del Interior, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-07-2003 en vigor desde 13-07-2003