Df 1 Cesión de tributos del Estado a las CC.AA.
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»D.F. 1ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien surtirá efectos desde el 1 de enero de 1997.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997