Da 9 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos
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Da 9 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos

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D.A. 9ª. Ponderación de la renta de unidades familiares por existencia de personas con discapacidad a efectos de ayudas en el marco de políticas de familia.

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Las ayudas que se concedan en el marco de las políticas de familia en las que el acceso esté condicionado por el nivel de renta familiar, o cuando este nivel incida en la determinación de la cuantía de las ayudas, el departamento competente en materia de políticas de familia, previo traslado de una propuesta a la organización más representativa de entidades de personas con discapacidad, tendrá en cuenta un coeficiente de modo que la renta de las unidades familiares que cuenten con algún miembro con discapacidad se reduzca en proporción al número de afectados por la discapacidad.