Da 5 Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
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Da 5 Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

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D.A. 5ª. Forma y plazo para la declaración en el Fichero de Titularidades Financieras.

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En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Servicio Ejecutivo de la Comisión establecerá la forma y plazo para realizar la declaración inicial de las cuentas de pago y cajas de seguridad a que se refiere el artículo 43 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que se encuentren activas a la fecha que se indique.