Da 22 TR de la ley de urbanismo
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D.A. 22ª. Formulación y tramitación del planeamiento director urbanístico de interés metropolitano.

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D.A. 22ª. Formulación y tramitación del planeamiento director urbanístico de interés metropolitano.

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El Plan director urbanístico metropolitano regulado por los artículos 21 y siguientes de la Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona, puede establecer los supuestos en los que el Área Metropolitana de Barcelona puede formular y aprobar inicial y provisionalmente los nuevos planeamientos directores urbanísticos para ámbitos o actuaciones concretas de interés metropolitano, sin que sea necesaria la modificación del propio Plan director urbanístico metropolitano. Este planeamiento director urbanístico se tramita según el procedimiento de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 25 de la Ley 31/2010, de 3 de agosto.

Modificaciones