Da 18 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
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»D.A. 18ª. Modificación del anexo III.
Vigente
Por orden del Ministro de Fomento se podrán modificar los grupos y la asignación de las mercancías que figuran en el anexo III.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-10-2011 en vigor desde 21-10-2011