Da 11 Títulos profesionales del sector pesquero
Da 11 Títulos profesional...r pesquero

Da 11 Títulos profesionales del sector pesquero

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 11ª. Atribuciones de los titulados de pesca en otros buques relacionados con la actividad pesquera.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los poseedores de los títulos establecidos en el artículo 4 de esta norma tendrán en los buques: auxiliares de pesca, de actividades de acuicultura, de investigación pesquera y de prácticas utilizados por las escuelas náutico pesqueras, las mismas atribuciones que les concede el presente real decreto para los buques de pesca.

2. Los poseedores del título de patrón costero polivalente con restricción de mando podrán ejercer como capitán y/o jefe de máquinas en buques de acuicultura de eslora inferior a 24 metros y 550 kilovatios de potencia, siempre que no se alejen más de 6 millas de las líneas de base rectas o, donde dichas líneas no hayan sido definidas, de la línea de costa determinada por la bajamar escorada.