Articulo 87 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la e...s servicios postales
Articulo 87 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
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»Artículo 87. Condiciones de ejecución del contrato
Vigente
Las entidades adjudicadoras podrán estipular condiciones especiales relativas a la ejecución del contrato, siempre que estén relacionadas con el objeto del contrato, en el sentido del artículo 82, apartado 3, y se indiquen en la convocatoria de licitación o en los pliegos de la contratación. Dichas condiciones podrán incluir consideraciones relativas a la economía, a la innovación, al medio ambiente, al ámbito social o al empleo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014