Articulo 74 Reglamento de la LO. 5/2000 -responsabilidad penal de los menores-
Articulo 74 Reglamento de...s menores-

Articulo 74 Reglamento de la L.O. 5/2000 -responsabilidad penal de los menores-

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Artículo 74. Resolución.

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El órgano competente, en el mismo día o como máximo en el plazo de 24 horas, habrá de resolver motivadamente sobre el sobreseimiento del expediente, la imposición de la sanción disciplinaria correspondiente o la práctica de nuevas actuaciones por parte del instructor. En este último caso, se estará a lo dispuesto en los artículos anteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-08-2004 en vigor desde 28-02-2005