Articulo 6 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
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Artículo 6. Directrices de procesos y procedimientos.

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1. El Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a iniciativa propia o a propuesta de cualquiera de los grupos de trabajo o unidades a los que se refiere el artículo anterior podrá aprobar orientaciones o modelos tipo de manuales de procedimiento, así como pliegos tipo de licitación, bases para convocatorias de subvenciones o ayudas, convenios o cualesquiera otros considere podrían servir de orientación a los gestores por razones de eficacia o eficiencia.

2. Igualmente, podrá aprobar recomendaciones u orientaciones sobre la adopción de herramientas informáticas o digitales.

3. En lo que respecta a lo establecido en el artículo 25 sobre el instrumento de planificación estratégica para la gestión, el Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobará una plantilla para la formulación de dicho instrumento por parte de todos los departamentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021