Articulo 5699 Código Civil de Cataluña
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Artículo 569-9. Destino del importe de la enajenación

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Se aplica lo establecido por el artículo 569-21 en cuanto al destino del importe obtenido en la subasta o encante público.

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  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003