Articulo 56 6 bis Reglamento del Senado
Articulo 56 6 bis Reglamento del Senado

Articulo 56 6 bis Reglamento del Senado

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 56 bis 6.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cuando la Mesa de la Cámara encomiende a la Comisión General de las Comunidades Autónomas la tramitación de iniciativas legislativas, ésta observará en su funcionamiento lo establecido para las demás Comisiones Legislativas del Senado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-05-1994 en vigor desde 10-05-1994