Articulo 558 Ley Orgánica del Poder judicial
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Articulo 558 Ley Orgánica del Poder judicial

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Artículo 558.

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1. El gobierno del Poder Judicial corresponde al Consejo General del Poder Judicial, que ejerce sus competencias en todo el territorio nacional de acuerdo con la Constitución y la presente Ley Orgánica.

2. El Consejo General del Poder Judicial tiene su sede en la villa de Madrid.

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