Articulo 52 Uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia
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Articulo 52 Uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia

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Artículo 52. Actualización permanente.

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1. El Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad se deberá mantener actualizado de manera permanente. Se desarrollará y perfeccionará a lo largo del tiempo en paralelo al progreso de los servicios de administración electrónica, de la evolución tecnológica y a medida que vayan consolidándose las infraestructuras que lo apoyan. Para ello, se desarrollarán las correspondientes guías y normas técnicas de aplicación.

2. Corresponde al Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica aprobar las bases para la actualización del Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2011 en vigor desde 07-07-2011