Articulo 52 Apoyo a los emprendedores y su internacionalización
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Artículo 52. Instrumentos y Organismos comerciales y de apoyo a la empresa.

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1. Constituyen instrumentos comerciales especializados de apoyo a la internacionalización de la economía y la empresa.

a) En el ámbito de la Administración General del Estado, los siguientes:

i) La Red Exterior, integrada en las Misiones Diplomáticas o las Representaciones Permanentes, y la Red Territorial, dependientes ambas del Ministerio de Economía y Competitividad.

ii) La entidad pública empresarial ICEX España Exportación e Inversiones (ICEX), creada por el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril.

b) Las Cámaras de Comercio Españolas en el Extranjero, cuando se reconozcan oficialmente, apoyarán, asimismo, la internacionalización de la economía y la empresa españolas.

2. El Servicio Exterior del Estado contribuirá al apoyo de las empresas en el exterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-09-2013 en vigor desde 29-09-2013