Articulo 50 Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
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Artículo 50. Clases de infracciones.

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Las infracciones administrativas previstas en esta Ley se clasificarán en muy graves, graves y leves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-04-2010 en vigor desde 30-04-2010