Articulo 49 TR Compilación del Derecho Civil balear
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Articulo 49 TR. Compilación del Derecho Civil balear

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Artículo 49.-

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La disposición a favor de un legitimario por valor superior a su legítima, con la expresa prevención cautelar de que, si no acepta las cargas o limitaciones que le imponen se reducirá su derecho a la legítima estricta, facultará aquel para aceptar la disposición en la forma establecida o hacer suya la legítima libre de toda carga o limitación.

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