Articulo 3361 Código Civil de Cataluña
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Artículo 336-1. Organización y ámbito de actuación

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1. El protectorado ejerce sus funciones por medio del departamento de la Generalidad que las tenga adscritas.

2. Están sometidas al protectorado:

a) Las fundaciones que se rigen por el presente código.

b) Las delegaciones de fundaciones extranjeras establecidas en Cataluña, si ejercen mayoritariamente sus actividades en Cataluña.

3. Se aplican a las delegaciones de fundaciones extranjeras que están sometidas al protectorado, a los efectos del ejercicio de las funciones de este, el artículo 331-7, en relación con la suficiencia de recursos para la financiación de las actividades, y los artículos 333-7 a 333-12, en relación con las cuentas anuales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003