Articulo 32 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el...la Comunidad Europea
Articulo 32 Se autoriza l...ad Europea

Articulo 32 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la UE y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 32. Prohibición del trabajo infantil y protección de los jóvenes en el trabajo

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se prohíbe el trabajo infantil. La edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los jóvenes y salvo excepciones limitadas.

Los jóvenes admitidos a trabajar deberán disponer de condiciones de trabajo adaptadas a su edad y estar protegidos contra la explotación económica o contra cualquier trabajo que pueda ser perjudicial para su seguridad, su salud, su desarrollo físico, psíquico, moral o social, o que pueda poner en peligro su educación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-2008 en vigor desde 18-12-2000