Articulo 3117 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 311-7. Uso indebido de la denominación del tipo de persona jurídica
Vigente
Las personas jurídicas no pueden usar de ningún modo expresiones que identifican un tipo de persona jurídica diferente del tipo al que pertenecen ni otras expresiones semejantes o que puedan inducir a confusión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003