Articulo 31 Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sancio... la Seguridad Social
Articulo 31 Reglamento ge...dad Social

Articulo 31 Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social

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Artículo 31. Actas de liquidación de cuotas.

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1. Procederá la extensión de actas de liquidación en las deudas por cuotas originadas por.

a) Falta de afiliación o de alta de trabajadores en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social.

b) Diferencias de cotización por trabajadores dados de alta cuando dichas diferencias no resulten directamente de los documentos de cotización presentados dentro o fuera del plazo reglamentario.

c) Por derivación de la responsabilidad del sujeto obligado al pago, cualquiera que sea su causa y Régimen de la Seguridad Social aplicable.

2. En los supuestos en que se compruebe la concurrencia de presuntos responsables solidarios, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá extender acta a todos los sujetos responsables o a uno de ellos, que se tramitarán en el mismo expediente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-06-1998 en vigor desde 03-06-1998