Articulo 3 TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-
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»Artículo 3. Irrenunciabilidad de los derechos de la Seguridad Social.
Vigente
Será nulo todo pacto, individual o colectivo, por el cual el trabajador renuncie a los derechos que le confiere la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 02-01-2016