Articulo 29 derecho a la vivienda
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Artículo 29. La conservación y la rehabilitación como instrumentos para garantizar el derecho a la vivienda

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El fomento de la conservación, rehabilitación y gran rehabilitación del patrimonio inmobiliario residencial es objeto de la actuación prioritaria de la Generalidad y los entes locales para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada.

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  • Texto Original. Publicado el 09-01-2008 en vigor desde 09-04-2008