Articulo 285 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-
Articulo 285 Tratado de l...pea -TFUE-

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Artículo 285

Vigente

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(antiguo artículo 246 TCE)

La fiscalización, o control de cuentas de la Unión, será efectuada por el Tribunal de Cuentas.

El Tribunal de Cuentas estará compuesto por un nacional de cada Estado miembro. Los miembros del Tribunal ejercerán sus funciones con plena independencia, en interés general de la Unión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 07-06-2016