Articulo 25 Ley para defensa de los consumidores y usuarios
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Articulo 25 Ley para defensa de los consumidores y usuarios

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Artículo 25. Uso exclusivo de la denominación de asociación de consumidores y usuarios.

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Se prohíbe utilizar los términos consumidor o usuario, la denominación de asociación de consumidores y usuarios o cualquier otra expresión similar que induzca a error o confusión sobre su naturaleza o su legitimidad para la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, a aquellas organizaciones que no reúnan los requisitos exigidos en esta norma o en la normativa autonómica que les resulte de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2007 en vigor desde 01-12-2007