Articulo 246 TR. Ley Concursal
Articulo 246 TR. Ley Concursal

Articulo 246 T.R. Ley Concursal

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Artículo 246. Reconocimiento de créditos contra la masa.

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El reconocimiento de créditos contra la masa corresponderá a la administración concursal.

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  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020