Articulo 2312 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 231-2. Matrimonio
Vigente
1. El matrimonio establece un vínculo jurídico entre dos personas que origina una comunidad de vida en que los cónyuges deben respetarse, actuar en interés de la familia, guardarse lealtad, ayudarse y prestarse socorro mutuo.
2. Los cónyuges tienen en el matrimonio los mismos derechos y deberes, especialmente el cuidado y la atención de los demás miembros de la familia que estén a su cargo y convivan con ellos, y deben compartir las responsabilidades domésticas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003