Articulo 22 TR. de la ley reguladora de las haciendas locales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 22. Compatibilidad con las contribuciones especiales.
Vigente
Las tasas por la prestación de servicios no excluyen la exacción de contribuciones especiales por el establecimiento o ampliación de aquéllos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-03-2004 en vigor desde 10-03-2004