Articulo 213 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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Artículo 213. Reconocimiento y uso de la modalidad lingüística andaluza.

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Los medios audiovisuales públicos promoverán el reconocimiento y uso de la modalidad lingüística andaluza, en sus diferentes hablas.

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  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007