Articulo 180 T.R. Ley Concursal
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»Artículo 180. Plazo de emisión de la resolución.
Vigente
Cumplidos los trámites ordenados en los artículos anteriores, el juez, en un plazo máximo de cinco días, resolverá mediante auto, sobre las medidas propuestas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020