Articulo 15 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos
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Articulo 15 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos

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Artículo 15. Medidas encaminadas a garantizar la autonomía personal y la vida independiente.

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1. Para garantizar la libertad en la toma de decisiones, la información y el consentimiento deberán prestarse en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio de diseño universal o diseño para todas las personas, de manera que les resulten accesibles y comprensibles, y la información al respecto será ofrecida y actualizada como información pública en las sedes electrónicas y espacios digitales en que se exterioricen los sistemas de información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En todo caso, se tendrán en cuenta las circunstancias de cada persona y su capacidad para tomar cada decisión en particular, garantizándose la prestación del apoyo necesario.

2. A fin de promover el derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los poderes públicos adoptarán las medidas pertinentes para garantizar la accesibilidad universal en los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como los medios de comunicación social y en otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.

3. Para prevenir la dependencia y discapacidad, se impulsarán los servicios de promoción de la autonomía establecidos en la normativa general de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia y en la Cartera de ámbito general de la Comunidad Foral de Navarra.

4. Para promover la autonomía personal de las personas con discapacidad, se establecerán ayudas económicas para la adquisición y renovación de productos de apoyo adaptados a las necesidades y modo de vida de cada persona y a las innovaciones tecnológicas, y se dispondrá de un centro de productos de apoyo, para el asesoramiento, orientación y otras medidas facilitadoras, como sistema de préstamo, actuando como referente en el ámbito de la accesibilidad.