Articulo 14 Estatuto de la Agencia Vasca de Protección de Datos
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Artículo 14. Régimen patrimonial.

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1. Los bienes y derechos de la Agencia Vasca de Protección de Datos pertenecerán al patrimonio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2. Los bienes que la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco adscriba a la Agencia Vasca de Protección de Datos quedarán afectados a su servicio y conservarán la calificación jurídica originaria. Estos bienes sólo podrán ser utilizados para los fines que determinaron su adscripción.