Articulo 139 Código del Derecho Foral de Aragón
Articulo 139 Código del D... de Aragón

Articulo 139 Código del Derecho Foral de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 139. Contenido económico.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La administración y disposición de los bienes del pupilo tienen el mismo contenido que la gestión de los bienes de un hijo de su edad y capacidad, con las modificaciones previstas en este Título.

2. En ningún caso será necesaria la subasta pública para la enajenación de los bienes o derechos del tutelado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011